EL ARTICULO 1

 ¿QUE DEBERÍA ESTABLECER EL PRIMER ARTICULO DE LA CONSTITUCION?


 Basado en el entusiasmo existentes en en público un periodista televisivo salió micrófono en mano a preguntar ¿cómo redactaría usted el primer artículo de la constitución? Dandole por supuesto a conocer que decía este en la constitución actual:


“Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos

La familia es el núcleo fundamental de la sociedad

El Estado reconoce y ampara los grupos intermedios través de los cuales se organiza y estructura la sociedad y les garantiza la necesaria autonomía para cumplir sus propios fines específicos

El Estado está al servicio de la persona humana y su finalidad es promover el bien común para lo cual debe contribuir a crear las condiciones sociales que permitan a todos y cada uno de los integrantes de la comunidad nacional su mayor realización espiritual y material posible, con pleno respeto a los derechos y garantías que esta constitución establece

Es el deber del Estado resguardar la seguridad nacional dar protección a la población y a la familia, propender al fortalecimiento de esta, promover la integración de todos los sectores de la Nación y asegurar el derecho de las personas a participar con igualdad de oportunidades en la vida nacional”


Este artículo 1 pertenece a Capítulo I BASES DE LA INSTITUCIONALIDAD que junto a otros catorce y las DISPOSICIONES TRANSITORIAS constituyen la constitución política del 80.


Indudablemente frente a un artículo tan extenso y que trata de materias tan diversas el público se pronunció sólo sobre los dos primeros párrafos, es decir sobre la igualdad de dignidad y derechos de todas las personas y si el núcleo fundamental de la sociedad era o no la familia.


Sobre el primer aspecto no hubo grandes desacuerdos sólo se manifestó la “sospecha” que eso fuera lo que fuera no se daba en la realidad, preocupación que nosotros compartimos al advertir suspicazmente que está redactado como si fuera un hecho natural, ni siquiera como una aspiración. Para confirmar o rechazar nuestra aprensión buscamos la igualdad, la dignidad y los derechos en el resto de la constitución y no aparecen como constituyendo parte de la naturaleza humana ni como una forma de ser ni tampoco como una de conocer y experimentar, o sea, es una expresión vacía de contenido y de consecuencias prácticas.


Sobre el segundo aspecto hubo una discrepancia unos decían que la familia si lo era, otra decían que la persona debía ser el núcleo de la sociedad. También pudo haberse hecho otra pregunta: ¿Necesita algo ser el núcleo de la sociedad? Porque eso está hoy día puesto en duda, como también lo está el concepto de familia. En la constitución curiosamente estos asuntos no se aclaran, porque se definen en El Código Civil, ley que en Chile siendo anterior a la constitución en la práctica tiene una mayor rango constitucional que la del 80, como queda patente en la discusión actual del matrimonio igualitario. El cambio de las costumbres en Chile hace imperiosa la necesidad de distinguir entre matrimonio y familia que se están constituyendo como dos realidades diferentes. ¿Deben ser realidades tan cambiantes núcleos de la sociedad, desde el punto de vista político (que es lo mismo que legal). El coronavirus ha venido a mostrar la importancia de esta institución como soporte de la solidaridad en la pandemia.


En todo caso para mi que me gusta ser parte de un nosotros la familia es y será con ley o sin ley que la apoye el núcleo de la sociedad, me gustaría más que lo fuera sin ley, porque ahora lo es con y se constituye en una verdadera dictadura moral.

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