analisis literario juzgamiento penal de adolescentes 1

 ANÁLISIS LITERARIO: JUZGAMIENTO PENAL DE ADOLESCENTES 1

Mediante este artículo reiniciamos la serie que pretende entregar información como se visualizan desde la perspectiva del derecho cierto temas. En esta ocasión presentaremos a ustedes un trabajo de investigación de Jaime Couso Salas y Maurice Duce Julio que tiene por título JUZGAMIENTO PENAL DE ADOLESCENTES, con una diferencia con los anteriores, que en lugar del contenido del capítulo VII haremos una reseña de la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente que es en realidad el tema de este libro.

En esta ocasión presentaremos a ustedes la justificación teórica para la existencia de una ley dirigida específicamente a un sector etario de la población chilena.

En el mensaje que introduce la ley el Presidente de la República(Ricardo Lagos) señala que ella se propone “reformar radicalmente la respuesta del Estado ante los actos que revisten carácter de crimen o simple delito  cuando ellos sean cometidos por personas menores de dieciocho años, introduciendo por primera vez en Chile un sistema de responsabilidad penal de adolescentes.

Se busca adecuar la normativa nacional aplicable en la materia a los nuevos requerimientos jurídicos y sociales del país y, en especial, a los principios y directrices contenidos en la Constitución Política de la República (CPR), La Convención Internacional sobre los derechos del Niño (CDN) y demás instrumentos internacionales vigentes en Chile”

En la mayoría de los ordenamientos jurídicos del mundo se busca considerar al adolescente como un sujeto de derecho que debe ser protegido en su desarrollo e inserción social y lograr objetivos de prevención del delito, en este sentido la ley tiene que ser concebida como un sistema de responsabilidad especial.

La Convención de derechos del niño para lograr los objetivos antes señalados propone los siguientes principios especiales: las causas sean dirimidas sin demora, protección de la vida privada en todas las fases el procedimiento, la excepcionalidad del uso de la privación de libertad, la adecuación general de la reacción penal a la edad del adolescente, la orientación especial de las sanciones y medidas hacia su reintegración con una función constructiva.

El menor grado de desarrollo, menor madurez, carencia de competencias sociales y otras necesidades especiales, la mayor vulnerabilidad frente a los efectos negativos del proceso penal y la pena, además de las dimensiones de la realidad personal y social del adolescentes justifican un trato diferencial para ellos.

Desde La psicología del desarrollo se han hecho las siguientes afirmaciones  que justifican el trato especial: los adolescentes tienen menor capacidad cognitiva para razonar y entender; los adolescentes tienen menor capacidad de juicio y autocontrol; los adolescentes tienen mayor sensibilidad a la pena y vulnerabilidad frente a los efectos perjudiciales de la cárcel

Desde criminología empírica se han hecho las siguientes afirmaciones  que justifican el trato especial: normalidad, carácter episódico y remisión espontánea a mayor parte de la criminalidad de niños y adolescentes; riesgo crininógeno de la reacción penal frente a las primeras manifestaciones de criminalidad adolescente; efecto desocializador y criminógeno de la privación de libertad de adolescentes (penas y medidas cautelares); mayor eficacia preventivo – especial de intervenciones especializadas, multidimensionales breves, fura del ámbito de la justicia, con compromiso activo del adolescente

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