Disposiciones transitorias 2
DISPOSICIONESTRANSITORIAS 2
21. Mientras no se publique la ley d urgencias las san iones por el. Cumplimiento de los plazos serán de no menos del 10 ni más del 25% de la titea mensual y será determinada por la comisión de ética de la cámara
22. En el plazo de un año de la publicación de la constitución se harán la adecuación básica los reglamentos de la cámara y del senado
23. Después de dos años deberá ingresarse al congreso la ley sobre el nuevo régimen de empleo público que regulará la transición entre el antiguo y nuevo régimen
24. Dentro del plazo de un año el Presidente deberá enviar un proyecto al congreso en el que identifique los servicios públicos funcionalmente autónomos o independientes, el mismo proyecto efectuará las adecuaciones correspondientes
25. Mientras no se discute la ley que regula el uso de la fuerza y la tenencia de armas seguirán rigiéndolas actuales disposiciones reglamentarias
26. Id tras no se adecúe la ley orgánica Constitucional del gobierno y administración regional al nuevo régimen constitucional los representantes del presidente de la República en las diversas regiones y provincias son respectivamente las autoridades de los cap I y II del referido decreto con fuerza de ley
27. Las elecciones de gobernadores, consejeros regionales, alcaldes y concejales serán el último domingo del mes de abril 2029. Los que fueron elegidos el 2024 cesarán el 2029. A partir del 2029 mientras no fuere modificada la ley orgánica constitucional los consejos regionales se instalará el 6 de julio, los concejos municipales el 6 de junio
28. Los estatutos especiales de gobierno y administración de rapa nui y Juan Fernández deberán presentarse dentro de los dos años siguientes a la vigencia previó a un proceso de participación Nu consulta indígena de rapa nui
29. El proyecto de ley institucional que regulará el organismo que designa a los ministros fiscales y judiciales de la suprema y la de apelaciones, los jueces letrados los auxiliares de la administración de justicia de erá ser presentado por el Presidente de la República al congreso dentro de 24 meses desde la publicación g
30. El proyecto de ley institucional que regulará el órgano que administra y gestiona los recursos humanos físicos y financieros y tecnológico del poder judicial deberá ser presentado por el Presidente de la República al congreso dentro de 18 meses desde la publicación
31. El proyecto de ley institucional que regulará el órgano que vela por el correcto actuar de los jueces deberá ser presentado por el Presidente de la República al congreso dentro de 18 meses
32 el proyecto de ley institucional que regulará el órgano que tendrá por objeto la formación de los postulantes a cargos de jueces y ministros de cortes de apelaciones y perfeccionamiento de todos los integrantes del poder judicial deberá ser presentado al congreso dentro de 18 meses
33. El proyecto de ley que regulará la forma y oportunidad de la integración de los tribunales superiores de justicia por ministros suplentes deberá ser presentado dentro de 18 meses
34. El sistema disciplinario establecido en el art 162 sólo operar para los procesos cuyo principio de ejecución tenga lugar con posterioridad a la entrada en. Vigencia de la ley
35. El Presidente de la República dentro de 5 años presentará un proyecto de ley que regule la organización y el funcionamiento de los tribunales comunales los que serán los continuadores de los juzgados de policía local
36. Mientras no se dicte la ley para concursos públicos el procedimiento será llevado por el consejo de alta dirección pública
37. Los ministros y ministras del tribunal constitucional continuarán en sus cargos. Fija reglas para los primeros nombramientos de la corte constitucional
38. Los procesos en actual sustancia ión ante el tribunal continuaráncon su tramitación hasta su total despacho. Para todos los efectos legales se entenderá que la corte constitucional es la continuadora del tribunal constitucional.
39. El tribunal constitucional será reemplazado por la corte constitucional sin so.unión de continuidad.
40. Dentro de un año se enviará al congreso un proyecto de ley para el ministerio público considerando la implementación de la fiscalía de alta comp,entidad, la fiscalía de asuntos internos y el consejo consultivo del ministerio público CONTINUARÁ
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