LA INSTALACION DE LA CONSTITUYENTE UN HECHO HISTÓRICO
LA INSTALACIÓN DE LA ASAMBLEA CONSTITUYENTE ¿UN HECHO HISTORICO?
Anteriormente escribí un artículo ¿cuál debería ser el primer artículo de la constitución? La respuesta hasta ahora es Chile es un Estado Plurinacional y para que se constituya así no deben existir presos políticos Nadie esperaba eso Algunos estaban esperando que La Convención se pusiera de cabeza a hacer un reglamento que le permitiera funcionar e el entendido que existieran asesores técnicos con su experiencia Iban a construir un florido elegante e ineficaz documento retórico. No fue así por las siguientes razones Baja votación del oficialismo, fragmentación de la oposición, fortalecimiento de los independientes que surgen como una fuerza capaz de inclinar la balanza.
Todo parecía seguir su curso normal, hasta que se produce la sorpresa Alguien llamó a Elizabeth Loncón representante del pueblo mapuche para que aceptara ser la candidata, otro llamó a Isabel Godoy representante de otro pueblo originario para que hiciera lo mismo. El hecho de que dos candidatas representantes de pueblos originarios, una de un pueblo perseguido y otra de uno invisibilizado fueran postuladas a la presidencia de la convención puso inmediatamente sobre el tapete de la discusión la multinacionalidad, dejando de lado por el momento la multiculturalidad, la acogida de la diversidad reactualizando y redefiniendo los derechos de primera y segunda generación. El hecho de que tres de los cuatro postulantes candidatos fueran mujeres establece la imperiosa necesidad de incluir definitivamente en la legalidad a los de tercera generación, el que la agenda de la constituyente esté determinada por una persona de “nacionalidad mapuche” contribuye a que los derechos de cuarta generación dejen de ser un accesorio y sean enfocados de otra manera llegando por ejemplo a prohibir definitivamente las plantaciones de pino y álamos, dejándolas fuera de los planes de desarrollo sustentable. Todo ello tomando en cuenta la clasificación de Helio Gallardo.
Sólo si estas tendencias lograron mantenerse en el tiempo y no se diluyan por la creación de un reglamento de funcionamiento, la instalación de la constituyente y el surgimiento como producto de ello nuevos derechos pasaría a constituirse en un hecho histórico o sólo se constituiría un acto folklórico o en el mejor de los casos una técnica de descompresión social, como lo quiere un amplio sector de la sociedad.
Si tomamos como parte del proceso de instalación la realización de la primera sesión de trabajo y las dificultades que se han presentado no podemos llegar a otra conclusión que mientras las tecnologías estén exclusivamente en manos privadas la información que los procesos de decisión y de configuración de la realidad necesitan serán un privilegio de aquellos que pueden sabotear procesos con los cuales no están de acuerdo, por lo que los derechos informáticos de todas las personas y de todas las instituciones deberían estar establecidos constitucionalmente.
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