UN MILAGRO PARA LORENZO Y LA LIBERTAD ETICA

 ANALISIS LINGUISTICO LA LIBERTAD DE LA CONSTITUCION 3


Cuando empezó la pandemia en Chile muchos nos preguntamos para que vamos a ir al hospital cuando no existe ni medicamentos ni tratamientos para el covid19, posteriormente nos informamos que a los que llegaban mas o menos graves se les proporcionaban paliativos cuyo efecto beneficioso estaba sustentado en razones tan débiles que incluso eran conocidos por personas que habían tenido como enfermos personas con similares síntomas. Si la enfermedad se agravaba lo intubaban al mismo tiempo que le inducía el coma.


¿Cuál habría sido la respuesta de los médicos  si cientos de pacientes que hubieran llegado al hospital hubieran portado un documento notarial que estableciera si me tienen que intubar, o inducirme el coma, elijo que me dejen morir, porque yo soy partidario de una muerte digna y de no privar de recursos económicos a mi familia. Desde ese punto de vista la acción “benéfica” sería un atentado contra la libertad de esas personas que para nosotros es un principio que está por sobre el derecho a la vida como lo entienden las posiciones extremistas.


Y aquí es donde entra la película UN MILAGRO PARA LORENZO (Advertencia: no es una película religiosa es una película científica), que trata de un niño enfermo de ALD, que después del diagnóstico le quedaban 24 meses de vida y le esperaba un seguro estado vegetativo. El niño logra vivir gracias al cuidado de su madre y a una búsqueda de una solución científica de su padre.


Esta película que es una historia real plantean disyuntivas éticas que aparecen cuando la legalidad y la presión social de un país impide actuar éticamente y también muestra con meridiana claridad que el comportamiento ético no puede ser universal y que en muchas ocasiones debe estar separado de lo legal.


Los dos delincuentes padre y madre obtienen un éxito relativo en la consecución de sus metas y si bien ellos gozan de libertad ética con sus terribles consecuencias, hay una pregunta que ahí no se responde ¿El hijo tuvo libertad ética?


Desde nuestra perspectiva de personas libres y existiendo en la constitución una sección que dice MATERIAS DE LEY, opinamos que ya que en chile se empieza a delimitar las materias que son constitucionales, también debiera haber una delimitación muy rigurosa de las que debieran ser materia de ley ya que pensamos que existe una relación inversamente proporcional: a menor cantidad de asuntos específicos regulados por una constitución y por las leyes mayor libertad, responsabilidad y dignidad humana.


No sé si los que votaron a favor de la constitución del 80 tuvieron o no conciencia que aprobaron más de 600 páginas textos legales, porque para evitar controversias en varias partes de ella se daba la expresión esta materia estará regulada por la Ley Orgánica Constitucional respectiva.  Uno esperaría que si se derogan la constitución se derogaran automáticamente las leyes orgánicas pero eso no puede suceder porque se desmoronaría el Estado de Derecho. La Constitución del 80 y sus LOC son un paquete completo y coherente, si se deja un numero determinado de LOC, la constitución del 80 permanece vivita y coleando y la supresión de la libertad que era la meta principal, sobreviria Por eso el verdadero cambio es su derogación completa y posterior cambio de cada una de las LOC

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